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Los militares serán “agentes de la autoridad”.
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Los militares serán “agentes de la autoridad”.
Los militares serán “agentes de la autoridad”.
Gracias a torontocosme por la informacion.
¿Que uso realizaran de esta nueva ley?
Disposición adicional primera. Circunstancias y condiciones de actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas como agentes de la autoridad.
……………………………………….
b) En los supuestos de otras necesidades públicas en intervenciones en apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en operaciones de vigilancia y protección o como consecuencia de atentados terroristas u otros actos ilícitos y violentos. Estas intervenciones se producirán en los términos que determine el Gobierno.
……………………………………………..
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2010-4219
Los militares serán “agentes de la autoridad” y asumirán funciones policiales en los casos de necesidad que determine el Gobierno. La amenaza de un gran atentado no sólo ha llevado al ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, a elevar el nivel de alerta policial sino también a la ministra de Defensa, Carmen Chacón, a decretar que los soldados puedan actuar como policías y realizar detenciones y arrestos a las órdenes de la autoridad civil de seguridad.
El “riesgo probable de atentado” ha aconsejado a los responsables de Interior decretar el “nivel 2” de alerta policial. La decisión firmada por el secretario de Seguridad, Antonio Camacho, y cursada por el director de la Policía y la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, a todas las unidades tras la detención del último jefe de ETA, Ibon Gogaeskoetxea, es el escalón previo a la apelación al Ejército.
La orden de la ministra Chacón estaba lista un día antes de la detención del cabecilla de ETA y de los miembros del comando que se disponían a cruzar la frontera para realizar un secuestro: Beinat Aguinagalde y el histórico José Lorenzo Ayestarán, escondido en Venezuela. Los indicios de que ETA se disponía a quemar las naves y activar los comandos a las órdenes de Mikel Carrera llevaron al Gobierno a agilizar la función policial de los militares.
En ese contexto y, teniendo además en cuenta el impacto mediático de una cadena de atentados durante los eventos de la presidencia española de la UE, Chacón firmó a finales de febrero la orden por la que “los militares tendrán carácter de agentes de la autoridad en los supuestos de necesidades públicas en operaciones de vigilancia o protección frente a atentados terroristas u otros actos ilícitos y violentos”.
La disposición les asigna “intervenciones de apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado” en los términos que determine el Gobierno en cada caso. Añade que actuarán para ejecutar decisiones de la autoridad con competencia de seguridad, es decir, bajo las autoridades civiles, y ordena que reciban “la formación y preparación adecuada dentro de la enseñanza militar y de la instrucción y adiestramiento con el fin de que “conozcan sus obligaciones y derechos”.
Identificación, tráfico y presos
El texto también destaca que han de llevar “una identificación fácilmente visible sobre el uniforme que les acredite como agentes de la autoridad” y que serán dotados de una “tarjeta de identificación”. Con independencia de las órdenes específicas, la orden adelanta que los policías militares podrán controlar el tráfico, actuar como auxiliares de los fiscales, realizar informes de seguridad, intervenir ante delitos flagrantes en ausencia de policías y conducir presos.
Las leyes de la defensa nacional y de tropa y marinería profesional, aprobadas bajo el mandato de José Bono como ministro de Defensa ya contemplaron la posibilidad de que los militares tuvieran carácter de “agentes de la autoridad” en funciones de vigilancia de las infraestructuras estratégicas y cuando intervengan ante catástrofes naturales. La disposición de la ministra Chacón especifica que “serán agentes de la autoridad cuando intervengan encuadrados en la Unidad Militar de Emergencia” bajo el mando y control operativo propio. Y desarrolla también sus funciones policiales en barcos, aeronaves y para la protección de las instalaciones militares.
Chacón dispone que los militares puedan actuar como policías ante el riesgo de atentado – elConfidencial.com
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2010-4219
http://explayandose.wordpress.com/2010/04/02/los-militares-seran-%e2%80%9cagentes-de-la-autoridad%e2%80%9d/
Gracias a torontocosme por la informacion.
¿Que uso realizaran de esta nueva ley?
Disposición adicional primera. Circunstancias y condiciones de actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas como agentes de la autoridad.
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b) En los supuestos de otras necesidades públicas en intervenciones en apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en operaciones de vigilancia y protección o como consecuencia de atentados terroristas u otros actos ilícitos y violentos. Estas intervenciones se producirán en los términos que determine el Gobierno.
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http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2010-4219
Los militares serán “agentes de la autoridad” y asumirán funciones policiales en los casos de necesidad que determine el Gobierno. La amenaza de un gran atentado no sólo ha llevado al ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, a elevar el nivel de alerta policial sino también a la ministra de Defensa, Carmen Chacón, a decretar que los soldados puedan actuar como policías y realizar detenciones y arrestos a las órdenes de la autoridad civil de seguridad.
El “riesgo probable de atentado” ha aconsejado a los responsables de Interior decretar el “nivel 2” de alerta policial. La decisión firmada por el secretario de Seguridad, Antonio Camacho, y cursada por el director de la Policía y la Guardia Civil, Francisco Javier Velázquez, a todas las unidades tras la detención del último jefe de ETA, Ibon Gogaeskoetxea, es el escalón previo a la apelación al Ejército.
La orden de la ministra Chacón estaba lista un día antes de la detención del cabecilla de ETA y de los miembros del comando que se disponían a cruzar la frontera para realizar un secuestro: Beinat Aguinagalde y el histórico José Lorenzo Ayestarán, escondido en Venezuela. Los indicios de que ETA se disponía a quemar las naves y activar los comandos a las órdenes de Mikel Carrera llevaron al Gobierno a agilizar la función policial de los militares.
En ese contexto y, teniendo además en cuenta el impacto mediático de una cadena de atentados durante los eventos de la presidencia española de la UE, Chacón firmó a finales de febrero la orden por la que “los militares tendrán carácter de agentes de la autoridad en los supuestos de necesidades públicas en operaciones de vigilancia o protección frente a atentados terroristas u otros actos ilícitos y violentos”.
La disposición les asigna “intervenciones de apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado” en los términos que determine el Gobierno en cada caso. Añade que actuarán para ejecutar decisiones de la autoridad con competencia de seguridad, es decir, bajo las autoridades civiles, y ordena que reciban “la formación y preparación adecuada dentro de la enseñanza militar y de la instrucción y adiestramiento con el fin de que “conozcan sus obligaciones y derechos”.
Identificación, tráfico y presos
El texto también destaca que han de llevar “una identificación fácilmente visible sobre el uniforme que les acredite como agentes de la autoridad” y que serán dotados de una “tarjeta de identificación”. Con independencia de las órdenes específicas, la orden adelanta que los policías militares podrán controlar el tráfico, actuar como auxiliares de los fiscales, realizar informes de seguridad, intervenir ante delitos flagrantes en ausencia de policías y conducir presos.
Las leyes de la defensa nacional y de tropa y marinería profesional, aprobadas bajo el mandato de José Bono como ministro de Defensa ya contemplaron la posibilidad de que los militares tuvieran carácter de “agentes de la autoridad” en funciones de vigilancia de las infraestructuras estratégicas y cuando intervengan ante catástrofes naturales. La disposición de la ministra Chacón especifica que “serán agentes de la autoridad cuando intervengan encuadrados en la Unidad Militar de Emergencia” bajo el mando y control operativo propio. Y desarrolla también sus funciones policiales en barcos, aeronaves y para la protección de las instalaciones militares.
Chacón dispone que los militares puedan actuar como policías ante el riesgo de atentado – elConfidencial.com
http://www.boe.es/aeboe/consultas/bases_datos/doc.php?id=BOE-A-2010-4219
http://explayandose.wordpress.com/2010/04/02/los-militares-seran-%e2%80%9cagentes-de-la-autoridad%e2%80%9d/
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